Esto es Campaña de Afiliación o Campaña Anticipada?

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Esto es Campaña de Afiliación o Campaña Anticipada?

Esto es Campaña de Afiliación o Campaña Anticipada?, La mayoría de Partidos Políticos creen o suponen que los guatemaltecos somos o nos hacemos los tontos con intentar retorcer la ley a su manera y antojo, pero para nosotros es campaña anticipada ver Vallas Publicitarias gigantes en toda Guatemala y en una esquina que diga Afiliate!!.

Campaña de Afiliación o Campaña Anticipada
Campaña de Afiliación o Campaña Anticipada

En Guatemala todos los Partidos Políticos que estaran en contienda para las Elecciones de Guatemala 2015, se han propuesto intentar hacer que todos los guatemaltecos que votaremos seamos tontos o eso creen ellos al hacer Vallas gigantes, Mupys Publicidad en Redes Sociales, Televisión y Radio.
Resulta que ponen sus grandes leyendas o textos y en una esquinita mínima colocal AFILIATE!!! y con eso ya no es campaña anticipada al contrario todos los Partidos Políticos le llaman CAMAPAÑA DE AFILIACIÓN!, el Tribunal Supremo Electoral (TSE), se hace de la vista gorda por lo menos un 80 o 90% de agrupaciones políticas ya tendrían que estar sancionadas.
Ya no respetan a los guatemaltecos ni mucho menos a la Ley Electoral y de Partidos Políticos, ya que por mas que los Ciudadanos denunciemos y protestemos esto seguirá ya que ahora estamos a un mes de que puedan hacer Campaña electoral.
Si no respetan la ley ni a los guatemaltecos que se puede esperar de ellos entonces?
El Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos es claro e indica lo siguiente:

«Artículo 62 Bis. Definición de Propaganda Electoral y de Proselitismo:
Propaganda Electoral: Es toda actividad organizada y llevada a cabo por los partidos políticos, comités cívicos electorales, por sí o en coalición, encaminadas a promoción de candidatos, difusión y explicación de sus programas de gobierno, utilizando para ello los medios de comunicación auditivos, visuales, interpersonales y redes sociales o cualesquiera otros medios que en el futuro creen, en forma gráfica, fonética, ideológica, directa, indirecta, sugerida o implícita.»
Proselitismo: Es el derecho que las organizaciones políticas tienen para dar a conocer su nombre, emblema y su llamamiento a adherirse o afiliarse según el caso.
Artículo 67. Medios prohibidos. No será permitido ninguno de los siguientes medios de
propaganda política o electoral:
a) Leyendas sobre el asfalto o pavimento de las carreteras y sobre el pavimento, adoquín o
empedrado de las calles urbanas, usándose yeso, pintura, papeles engomados o adheridos con
cualquier pegamento, plástico u otros medios;
b) Rótulos o carteles en montañas, cerros y laterales de carreteras, así como valerse de cualquier
otro procedimiento que afecte el entorno natural;
c) Fijación de letreros, sean pintados o pegados, en puentes, en edificios o monumentos públicos;
d) Igual actividad que afecte casas o edificios privados, salvo que se cuente con el permiso, por
escrito, de los respectivos propietarios;
e) Toda forma de propaganda, valiéndose de creencias religiosas o invocando motivos de religión,
que influya en los ciudadanos a que se adhieran o se separen de partidos o candidaturas
determinadas;
f) Publicitar actividades benéficas con fines políticos; y
g) Realizar propaganda anónima.
Artículo 69. Límites temporales. La propaganda y encuestas electorales, sólo serán permitidas
desde el día siguiente a la convocatoria de elecciones y hasta treinta y seis horas, antes de celebrarse
las mismas.
Entonces para nosotros aquí ya deberían de ser sancionados los Partidos Políticos usted que opina???

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